Norma INTECO
2000-07-27CODIGO: INTE 31-01-02-2000 (Segunda Edición)
Principios generales para la selección y uso del equipo de protección personal en los centros de trabajo
CORRESPONDENCIA: NOM-017-STPS
Principios generales para la selección y uso del equipo de protección personal en los centros de trabajo.
1 OBJETO
Establecer los requerimientos de la selección y uso del equipo de protección personal para proteger al trabajador de los agentes del medio ambiente de trabajo que puedan alterar su salud y vida.
2 CAMPO DE APLICACION
Esta norma se aplica para la selección y uso del equipo de protección personal en los centros de trabajo.
3 NORMAS PARA CONSULTA
- INTE 31-01-01-91 Oculares de protección contra impactos.
- INTE 31-01-04-91 Equipos de protección, vías respiratorias, filtros mecánicos.
- INTE 31-01-05-91 Protectores auditivos.
- INTE 31-01-06-91 Guantes de protección frente agresivos químicos. Método de análisis.
- INTE 31-01-07-91 Pantalla para soldadores, seguridad.
- INTE 31-01-08-97 Cinturones de Seguridad, definición y clasificación, cinturones de sujeción.
- INTE 31-01-09-91 Botas impermeables al agua y a la humedad.
- INTE 31-01-10-91 Cascos de seguridad no metálicos, método de análisis.
- INTE 31-01-11-91 Guantes aislantes de electricidad, método de análisis.
- INTE 31-01-12-91 Calzado de seguridad contra riesgos mecánicos.
4 REQUERIMIENTOS PARA EL EMPLEADOR
Elaborar por escrito y conservar los estudios y análisis del riesgo para determinar la selección y uso del equipo de protección personal.
Para la selección del equipo de protección personal el empleador debe desarrollar las siguientes actividades:- Establecer las características y criterios de selección de acuerdo a los requisitos del equipo de protección personal según el riesgo determinado.
- Proporcionar a los trabajadores la formación necesaria para el uso, limpieza, mantenimiento, limitaciones y almacenamiento del equipo de protección personal, dejando el respaldo documentado de lo anterior.
- Solicitar a la Comisión u Oficina de Salud Ocupacional la evaluación y aprobación técnica de los equipos de protección personal que se requieran para el riesgo determinado.
- Dotar a los trabajadores con el equipo de protección personal de acuerdo al riesgo específico.
- La selección y uso de equipo queda sujeta a lo establecido en la normativa vigente, y en las siguientes normas:
- INTE 31-01-04-91 Equipos de protección, vías respiratorias, filtros mecánicos.
- INTE 31-01-05-91 Protectores auditivos.
- INTE 31-01-06-91 Guantes de protección frente agresivos químicos. Método de análisis.
- INTE 31-01-07-91 Pantalla para soldadores, seguridad.
- INTE 31-01-08-97 Cinturones de Seguridad, definición y clasificación, cinturones de sujeción.
- INTE 31-01-09-91 Botas impermeables al agua y a la humedad.
- INTE 31-01-10-91 Cascos de seguridad no metálicos, método de análisis.
- INTE 31-01-11-91 Guantes aislantes de electricidad, método de análisis.
- INTE 31-01-12-91 Calzado de seguridad contra riesgos mecánicos.
Nota. En ausencia de normativa nacional se debe utilizar normas conforme al principio de jerarquización establecido por el Organismo Mundial de Comercio (OMC): normas internacionales, normas regionales, normas nacionales, normas de asociaciones reconocidas.
5 REQUERIMIENTOS PARA EL TRABAJADOR
- El trabajador tiene la obligación de usar correctamente el equipo de protección personal que se le proporcione.
- El trabajador debe participar y poner en práctica la formación específica recibida.
- El trabajador debe cumplir con los programas de limpieza, almacenamiento y mantenimiento establecidos para los equipos de protección personal.
- El equipo de protección personal debe de ser de uso personal.
6 CRITERIOS PARA LA SELECCION DEL EQUIPO DE PROTECCION PERSONAL
6.1 Para la selección del equipo de protección personal la Comisión u Oficina de Salud Ocupacional debe contar con al menos la siguiente información técnica, que asegure la protección contra el riesgo específico.
- Ficha técnica del equipo de protección personal.
- Tiempo de uso y vida útil, de acuerdo a la especificación del fabricante y a los análisis del riesgo.
- Manual de mantenimiento, cuando se requiera.
6.2 Los equipos de protección personal deben venir rotulados con al menos la siguiente información:
- Identificación del fabricante o importador.
- País de origen.
- Número de lote.
- Referencia de la norma con que fue fabricado.
- Estar acorde a las características y dimensiones físicas de los trabajadores.
- Tener la impresión de la marca del fabricante
7 CORRESPONDENCIA
La presente norma corresponde parcialmente con la norma mexicana “Equipo de protección personal para los trabajadores en los centros de trabajo” NOM-017-STPS.
Fuente:
INTECO (Costa Rica)
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